Has pagado la hipoteca y has firmado la escritura de cancelación. La cancelación está exenta de impuesto, pero el Registro de la Propiedad no la inscribe sin el Modelo 600 presentado. Nos subes la escritura y lo hacemos por ti.

Al pagar la última cuota la deuda queda saldada, pero en el Registro de la Propiedad la hipoteca sigue apareciendo como carga hasta que se cancela registralmente. Eso complica vender la vivienda, pedir otra hipoteca o heredarla.
Para cancelarla se firma ante notario la escritura de cancelación (con un apoderado del banco) y después se inscribe en el Registro. Antes de inscribirla, hay que presentar el Modelo 600.
El plazo general es de 30 días hábiles desde la firma de la escritura; el plazo exacto depende de la comunidad autónoma. Si ya se te ha pasado, también lo presentamos.
La escritura de cancelación en PDF (o la copia simple que te dio el notario) y pagas 84,70 €.
Cumplimentamos el Modelo 600 con los datos de la escritura y lo presentamos en tu comunidad.
Te enviamos el Modelo 600 presentado para que lo lleves al Registro con la escritura.
Sí. La cuota es 0 €, pero el Registro de la Propiedad no inscribe la cancelación sin el justificante de haber presentado el Modelo 600.
El plazo general es de 30 días hábiles desde la firma de la escritura de cancelación; depende de la comunidad autónoma. Si se te ha pasado, también lo tramitamos.
La escritura de cancelación de hipoteca (o su copia simple) en PDF. Con eso nos basta para cumplimentar el modelo.
Nosotros presentamos el Modelo 600 y te enviamos el justificante. La inscripción la suele gestionar el notario o el banco; si necesitas que la llevemos nosotros, pídenos presupuesto.
84,70 € IVA incluido (70 € + IVA). El impuesto es 0 €.
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Abogado colegiado ICAV · justificante oficial · precio cerrado antes de empezar.
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