El préstamo entre particulares está exento del ITP (cuota 0), pero presentar el Modelo 600 es obligatorio. Lo hacemos por ti, sin colas ni desplazamientos, por 60,50 € con justificante oficial.
Tramitar mi préstamo ahora →Cuando una persona presta dinero a otra (un préstamo familiar de padres a hijos, entre hermanos o entre amigos), la operación está sujeta pero exenta del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: la cuota es 0 €. Pero "exento" no significa "no hay que hacer nada".
Tienes 30 días hábiles desde la firma del contrato de préstamo para presentar el Modelo 600 (1 mes natural en algunas comunidades como Cataluña). Si se te ha pasado, también lo presentamos: calculamos los recargos aplicables y lo dejamos en orden.
El contrato de préstamo firmado y el NIF de las partes. ¿No tienes contrato? Te ayudamos a formalizarlo.
Un letrado colegiado ICAV cumplimenta y presenta el Modelo 600 telemáticamente en tu comunidad.
En menos de 24h tienes el Modelo 600 sellado y el justificante oficial en tu correo.
Sí. Está exento del ITP (cuota 0) pero la presentación del Modelo 600 es obligatoria. Si no se declara, Hacienda puede recalificar el préstamo como donación encubierta y exigir el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que sí tributa.
30 días hábiles desde la fecha del contrato de préstamo (1 mes natural en algunas comunidades). Fuera de plazo hay recargos —también lo tramitamos.
60,50 € IVA incluido. Lo presentamos nosotros y recibes el justificante oficial en menos de 24h, con devolución 100% garantizada.
El contrato de préstamo firmado y el NIF del prestamista y del prestatario. Si no tienes contrato, te ayudamos a formalizarlo.
Sí, es el caso más habitual. Exento, pero hay que declararlo con el Modelo 600 para que Hacienda no lo trate como donación.
En toda España. Presentación telemática directa en Comunitat Valenciana, Madrid, Cataluña y Andalucía; para el resto aplicamos el procedimiento vigente de tu comunidad.
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Letrado colegiado ICAV · justificante oficial en 24h · devolución 100% garantizada.
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